Acuerdo 68 de 1997 : por el cual se fijan los criterios de distribucion de unos recursos de la subcuenta eventos catastroficos y accidentes de transito : ECAT y de solidaridad del fondo de solidaridad y garantia
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TextoIdioma: Español Detalles de publicación: Bogotá : Ministerio de Salud, 1997.Descripción: 5 hojasTema(s): Resumen: Distribucion recursos Subcuentas ECAT y Solidaridad excedentes/96 para vinculados? Para cofinanciar los servicios asistenciales a la poblacion vinculada a traves de IPS publicas y Privadas que tengan contrato con la nacion para atender poblacion pobre. La asignacion se hara mediante facturacion (certificar volumen de pacientes atendidos) expedida por la IPS y radicada en el Minsalud (Direccion de Presupuestacion y Control de Gestion) a mas tardar Agosto 15/97.
? La certificacion reportara: N? total de consultas de medicina general y especializada, N? Urgencias, N? de egresos hospitalarios quirurgicos y no quirurgicos, mas egresos obstetricos. En hospitales mentales N? de consultas psiquiatricas, de urgencias, porcentaje ocupacional e indices de rendimientos propios.
? Se asume que quienes no presenten la certificacion tienen presupuesto suficiente para financiar los servicios.
? El Minsalud definira distribucion de acuerdo a criterios, entre otros priorizara IPS 2? y 3er nivel que demuestren eficiencia en su gestion.
Tambien publicado en la Revista Legislacion Economica, Vol. 91, No. 1078
(Sep. 1997); p. 625-626
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Código de barras | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Folleto/Plegable | Biblioteca de Salud Pública, Campus Medellín | Colección de Seguridad Social | SS 00322 (Navegar estantería(Abre debajo)) | 1 | Disponible | 61000000470688 |
Distribucion recursos Subcuentas ECAT y Solidaridad excedentes/96 para vinculados? Para cofinanciar los servicios asistenciales a la poblacion vinculada a traves de IPS publicas y Privadas que tengan contrato con la nacion para atender poblacion pobre. La asignacion se hara mediante facturacion (certificar volumen de pacientes atendidos) expedida por la IPS y radicada en el Minsalud (Direccion de Presupuestacion y Control de Gestion) a mas tardar Agosto 15/97.
? La certificacion reportara: N? total de consultas de medicina general y especializada, N? Urgencias, N? de egresos hospitalarios quirurgicos y no quirurgicos, mas egresos obstetricos. En hospitales mentales N? de consultas psiquiatricas, de urgencias, porcentaje ocupacional e indices de rendimientos propios.
? Se asume que quienes no presenten la certificacion tienen presupuesto suficiente para financiar los servicios.
? El Minsalud definira distribucion de acuerdo a criterios, entre otros priorizara IPS 2? y 3er nivel que demuestren eficiencia en su gestion.
Tambien publicado en la Revista Legislacion Economica, Vol. 91, No. 1078
(Sep. 1997); p. 625-626